Pasos solicitud
El SSB es complementario a otras ayudas, por lo que primero debes solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV) o una pensión no contributiva (PNC) de jubilación o invalidez.
Generalmente, las personas que pueden recibir el SSB también tienen derecho al IMV. En la web del IMV encontrarás información completa y un simulador para ayudarte con la solicitud.
Si has trabajado y tienes derecho a un subsidio por desempleo, debes solicitarlo previamente a través del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
En caso de divorcio o separación, solicita las pensiones a las que tengas derecho (alimenticia o compensatoria) o reclama las pendientes. Presenta convenio regulador y sentencia de separación, divorcio o modificación de medidas para justificarlo.
Para solicitar el Salario Social Básico debes rellenar un modelo llamado “ficha de acreedor”. Es un formulario donde indicarás tus datos personales y bancarios (la dirección, el banco o caja, la oficina, el número de cuenta, etc.)
Para asegurarte de que la has cumplimentado correctamente, comprueba que:
- El IBAN de la cuenta está COMPLETO. Recuerda que se compone de 24 dígitos, incluidas las dos letras iniciales.
- Si, además, deseas dar de baja cuentas antiguas puedes hacerlo en el apartado “Baja de datos bancarios”, escribiendo el número de cuenta completo (24 dígitos) que quieres dar de baja.
- Has indicado lugar y fecha, y has firmado en el espacio reservado para la “Firma del acreedor/a o representante”. La persona beneficiaria de la prestación deberá ser la titular de la cuenta.
Con tu firma autorizas al Principado de Asturias a comprobar los datos de identidad y los de titularidad de cuenta aportados. Si no deseas autorizar estas comprobaciones, debes presentar certificado de titularidad emitido por el banco.
Rellena el impreso de solicitud:
Además, tienes que rellenar también los anexos:
Anexo 1 Datos unidad económica y solicitud de complementos vitales
Autoriza a la Administración a comprobar que los datos económicos que aportas son correctos.
También sirve para solicitar los complementos vitales para UECI con menores o personas con dependencia o discapacidad (El complemento vital para alquiler de vivienda tiene su propio formulario de solicitud y anexos. Para más información ve al Paso 4: Complementos vitales).
Anexo 2 Relación de personas convivientes
Permite que la Administración consulte los datos económicos de las personas que viven en la UECI para confirmar su veracidad. Todas las personas deben firmar para dar su conformidad.
Anexo 3 Declaración de recursos
Es una declaración responsable de los recursos y bienes de los miembros de la UECI. Además, declaramos bajo nuestra responsabilidad que los datos que señalamos están completos y son ciertos.
También podrás comunicar en este formulario que ninguna de las personas de la UECI tiene ingresos.
Son ayudas adicionales al SSB cuando en la UECI se dan estas situaciones:
- Complemento para familias con menores y jóvenes: la UECI incluye personas menores de 18 años o jóvenes hasta 25 años que estén recibiendo formación reglada o para el empleo. Se solicita en el anexo 1.
- Complemento por dependencia y discapacidad: la UECI incluye personas con dependencia reconocida, o con discapacidad igual o superior al 45%. Se solicita en el anexo 1.
- Complemento por alquiler de vivienda: ayuda para el alquiler de vivienda para personas titulares de Salario Social Básico. Tiene un formulario de solicitud propio.
Presenta tu solicitud completa dirigiéndola al Servicio de Salario Social Básico y Otras Prestaciones Económicas en alguno de los siguientes puntos de registro:
Presencialmente:
- Oficinas de Atención Ciudadana de la Administración del Principado de Asturias.
- Oficinas de Registro de la Administración del Principado de Asturias y de oficinas concertadas.
- Cualesquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Telemáticamente (sede electrónica), con Cl@ve/Certificado electrónico
- En la sede electrónica del Principado de Asturias.
- En la sede electrónica de la Administración General del Estado.
Una vez se ha recibido tu solicitud, comienza un periodo de tramitación de tres meses. Durante este tiempo, la Administración realiza varias gestiones:
- Apertura del expediente, con todos los documentos que has aportado.
- Si la solicitud no está correcta o completa, te lo comunican y se abre un periodo de subsanación.
Debes corregir errores o aportar los documentos que faltan en 10 días hábiles desde la notificación. Si no lo haces, se entenderá que no quieres seguir con la solicitud del SSB. - Valoración de la situación personal y económica de tu UECI.
- Elaboración de una propuesta de resolución, un documento preliminar que recoge las condiciones para recibir el SSB y las causas correspondientes, tanto para la persona solicitante como para las beneficiarias.
Antes de recibir la resolución que concede o deniega el Salario Social Básico (y sus complementos vitales, si corresponden), recibirás un documento previo que se llama “propuesta de resolución” :
- Este documento informa sobre la propuesta de resolución, explicando las condiciones de concesión del SSB o los motivos por los que no se reconoce.
- Si no estás de acuerdo, puedes presentar alegaciones y aportar documentación adicional.
- Para ello, tienes un plazo de 10 días hábiles desde la notificación.
Las resoluciones de Salario Social Básico son diferentes dependiendo de cada caso y se compone de tres partes:
- Antecedentes: resumen de tu situación.
- Normas aplicadas: criterios utilizados para valorar tu caso.
- Resultado:
- Conceder el SSB.
- Denegarlo.
- Si ya lo tienes reconocido:
- Cambiar la cantidad que recibes.
- Extinguir la prestación, con o sin deuda.
Las resoluciones van acompañadas de anexos que explican los datos que la Administración ha tenido en cuenta para valorar cada expediente:
- Domicilio y las personas que residen en él.
- Recursos económicos considerados para evaluar tu derecho al SSB.
- Cantidad económica que corresponde y desde cuándo.
- Atrasos generados.
- Complementos de SSB a los que puedes tener derecho y que hayas solicitado.
Asimismo, la resolución indica los recursos que puedes presentar para manifestar que no estás de acuerdo. Son dos:
1. Recurso potestativo de reposición
- Es un escrito que presenta la persona interesada para pedir la modificación o anulación de la resolución de Salario Social Básico explicando por qué no está de acuerdo.
- El plazo para presentarlo es de un mes desde el día siguiente en que haya recibido la resolución.
- Debe dirigirse a la persona titular de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias.
2. Demanda ante la jurisdicción social
- Es una reclamación ante la justicia que se presenta explicando por qué no estás de acuerdo con lo que ha resuelto la Administración.
- El plazo para presentarlo es de dos meses desde el día siguiente en que hayas presentado la resolución.
- Se dirige al órgano judicial social de tu domicilio en Asturias.




