Dependencia

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Pasos

Lo primero que debes haces es pedir cita con tu médico para que te complete este modelo de informe.

Informe médico

Para que se te reconozca la situación de dependencia necesitas un informe de salud que acredite que necesitas ayuda de otras personas en la vida diaria para desarrollar actividades básicas. El informe lo puede firmar un profesional sanitario del sistema público de salud, de tu mutua o del sistema público autonómico de servicios sociales.

 RECUERDA
  • El informe de salud es válido durante 6 meses.
  • Debes presentar solo este modelo de informe para hacer la solicitud.
  • Cualquier otro documento como justificantes o informes de ingresos hospitalarios no es válido.
Acude a tu banco para que rellenen la ficha de acreedor, para recibir el pago de ayudas, o la domiciliación bancaria, para autorizar el cobro de recibos de servicios o establecimientos públicos.

 RECUERDA
  • Comprueba siempre que todos los datos del titular y la cuenta son correctos.
  • La ficha de acreedor debe estar firmada y sellada por la entidad bancaria.
  • La ficha de acreedor debe estar firmada por la persona beneficiaria de la ayuda que tiene que ser titular de la cuenta.
  • Si la solicitud es para menores, la cuenta tendrá que estar a su nombre.
  • La ficha de acreedor es válida durante 6 meses.

Dependiendo de tu situación personal puede que necesites presentar documentación adicional. Estos son los modelos más frecuentes:

  1. Separación o divorcio:
    1. Copia de la sentencia.
    2. Copia del convenio regulador.
    3. Incumplimiento de pago de pensiones: documentación judicial acreditativa de las acciones legales para el cobro.
  2. Emigrantes retornados:
    1. Documento que acredite esta condición, en caso de no cumplir con el requisito de tiempo de residencia mínimo.
  3. Personas de nacionalidad extranjera:
    1. Documentación que acredite que se encuentran en situación de residencia legal.
    2. Pensiones extranjeras: certificado.

Puedes solicitar un impreso de solicitud en los servicios sociales de tu municipio o descargarla aquí.

Solicitud

 RECUERDA
  • Comprueba que todos los datos sean correctos.
  • Es importante que puedas atender las llamadas en el teléfono que incluyas en la solicitud.
  • Debe estar firmada por el solicitante y las personas convivientes.
  • Debes dirigirla al Servicio de Atención a la Dependencia.
  • Si necesitas ayuda para rellenar la solicitud, puedes llamarnos al teléfono de información específico de Dependencia que aparece en “Contacto”.
Presenta tu solicitud completa dirigiéndola al Servicio de Atención a la Dependencia en alguno de los siguientes puntos:

  1. Oficinas de Atención Ciudadana de la Administración del Principado de Asturias.
  2. Oficinas de Registro de la Administración del Principado de Asturias y de oficinas concertadas.
  3. En la sede electrónica del Principado de Asturias.
  4. En la sede electrónica de la Administración General del Estado.
  5. Cualesquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuando se haya comprobado que la solicitud es completa y correcta, recibirás la llamada del valorador/a en el teléfono de contacto que aparece en la solicitud.

La trabajadora social te dará una cita para recibir en tu domicilio a una persona que evaluará tu situación de dependencia.

Solo si es necesario, se te pedirá que envíes otros documentos diferentes además de los que ya hayas presentado.

En día y la hora acordados, acudirá a tu domicilio la persona encargada de evaluar la situación de dependencia.

Es recomendable contar con la compañía de un familiar el día de la visita y tener a mano los informes médicos complementarios, por si te los piden.

Tras la visita de evaluación, se abre un plazo de espera en el que el personal técnico del Servicio de Atención a la Dependencia estudia tu caso y valora los recursos más adecuados para tu situación personal.

Los recursos del Sistema de Apoyo a la Autonomía y la Dependencia son:

  1. Servicios:
    • Servicios de prevención de las situaciones de dependencia y de promoción de la autonomía personal.
    • Servicio de teleasistencia.
    • Servicio de ayuda a domicilio.
    • Servicio de centro de día y de noche.
    • Servicio de atención residencial.
  2. Prestaciones económicas:
    • Prestación económica vinculada al servicio, para colaborar en el pago de un recurso privado.
    • Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores/as no profesionales.
    • Prestación económica para un asistente personal, dirigido a facilitar la integración educativa y laboral a personas con discapacidad, con grado III de dependencia.

Hechas las valoraciones durante el estudio del caso, personal del Servicio de Atención a la Dependencia se pondrá de nuevo en contacto contigo para informarte sobre la propuesta de plan individual de atención (PIA).

En este plan en el que se explican los recursos más adecuados para dar respuesta a tu situación.